En la mayoría de las iglesias locales hay hermanos que, por razones que salen de su control, no pueden asistir fielmente a todas las reuniones que la iglesia ha acordado. ¿Qué pasa con ellos? Algunos piensan que es necesario disciplinarlos o prohibirles participar en ciertos privilegios (predicar, orar, organizar clases, etcétera). Sin embargo queremos dejarnos guiar por la sabiduría divina revelada en la Biblia.
El mandamiento.
Ciertamente, la asistencia, es un mandamiento (Hebreos 10:25). Y como todos los mandamientos debe ser cumplido y su desobediencia es un pecado que debe ser reprendido.
También hay otros mandamiento:
1. Predicar (1 Timoteo 4:2).
2. Obedecer a los ancianos (Hebreos 13:17).
3. Suplir las necesidades de los santos (2 Corintios 9:12).
Sin embargo no siempre pueden ser cumplidos de manera absoluta, quizá porque depende del talento o de la madurez de la iglesia o su capacidad económica (como en los mandamientos que hemos enumerado).
De estos ejemplos podemos entender que existen mandamientos absolutos y relativos. Un ejemplo más de mandamientos relativos: "no pequéis" (1 Corintios 15:34).
Un ejemplo de mandamiento absoluto: el bautismo (Marcos 16:16). No es posible medio cumplir esta ordenanza.
De manera absoluta solamente Dios podría cumplir estos mandamientos, nosotros de manera relativa. Lo mismo sucede con el mandamiento de la asistencia: ¿es un mandamiento absoluto o relativo?
No asistir a todas las reuniones.
El mandamiento no se limita a ciertos días de reunión, sólo los domingos, como piensan algunos. EL deber de todo cristiano es asistir a todos los servicios.
Cuando alguno no asiste por motivos egoístas, flojera, desinterés o desánimo, muestra rebeldía y desorden (2 Tesalonicenses 3:6).
Acuerdos para casos especiales.
EN algunas ocasiones hay miembros que no asisten a todas las reuniones por otros motivos, no pecaminosos:
1. Visitar otras congregaciones (Hechos 13:2, 3).
2. Enfermedad (Santiago 5:14).
3. Otros asuntos que se escapan de su control (trabajo, escuela, etcétera). Los miembros fieles y deseosos de consagrarse totalmente a Dios nunca estará conformes con su situación.
En estos casos no podríamos juzgarlos como hermanos desordenados, porque ciertamente no desean esta situación ni son rebeldes al mandamiento, la rebeldía se manifiesta con otros frutos (Mateo 7:20).
Es en estos casos donde la iglesia debe juzgar sabiamente el proceder de los cristianos y hacer arreglos. La iglesia local puede tomar acuerdos poderosos (Mateo 18:17-20).
1. La iglesia puede tomar acuerdos que, dentro de los límites de la doctrina, tienen aprobación divina (v. 18).
2. La iglesia debe tomar acuerdos armoniosos (v. 19), la frase "se ponen de acuerdo" viene del griego sunphonéo, sinfonía. Si estamos de acuerdo nuestra adoración será agradable.
3. La iglesia debe tomar acuerdos para adorar ordenadamente (v. 20; 1 Corintios 14:40). COn la autoridad de Dios, un hermano sincero, espiritual, que por causas fuera de su control, hace arreglos para ausentarse en un servicio (o un servicio cada semana), no está pecado, no es un mal ejemplo, ni debe ser disciplinado. SI la disciplina fuera necesaria, por considerarle desordenado, consiste en la excomulgación (2 Tesalonicenses 3:6) no en quitarle privilegios.
Cada caso debe ser juzgado de manera particular y se deben considerar sus frutos y no solamente la ausencia de uno de ellos.
Todo asunto debe ser tratado con la Biblia en la mano, con la autoridad de Dios, y ponernos de acuerdo en su nombre.
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